Devolucióncompleta de la fianza. Corresponderá devolver la totalidad de la fianza, cuando el propietario haya comprobado que: no hay desperfectos en la vivienda, que está al corriente de pago en las mensualidades del alquiler y que no tiene pendiente ningún otro pago del que tenga que hacerse cargo. Devolución parcial de la fianza.
AIVIyM.